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3 de noviembre de 2017

Ayuntamiento de Pamplona Caso Cultural y artístico sin resolver en 15 años


Hoy podrán leer la carta enviada por el Departamento de Cultura a Protección Ciudadana para la realización del Performance DESPERTANDO A LA CIUDAD.
Una vez realizado es cuando los de Protección Ciudadana se saltan todas las normativas legales y envían bajo la puerta de mi casa (el acuse de recibo no lo pude firmar) una carta en la que quieren cobrar tasas por ocupación de espacio público. (Igual confunden vender salchichas con regalar y acercar el arte a los ciudadanos) Paradigmáticamente sin poner -como así se lo explicó la Defensora del Pueblo de Navarra- ningún dato de las medidas del lugar Pasaje Seminario. -Para más ridículo se descubrió que en esos momentos dicho Pasaje no pertenecía tan siquiera al Ayuntamiento de Pamplona.
Lo más patetico que cuando recurres al Departamento de cultura tanto el Director del Area en ese momento (2002) y el Director técnico -Hoy vigente en el cargo con los del cambio. Sólo son capaces de exclamar.: !Cómo nos vamos a meter con el Concejal de Protección Ciudadana!! Los artistas no tenemos sindicatos que nos defiendan y como somos el último eslabón a los que pareciera tenemos que aguantar lo que nos echen.  ALGUIEN TENIA QUE LEVANTAR LA VOZ.
ASUNTO: PROPUESTA DE PERFORMANCE ARTÍSTICA DEL AUTOR NATXO ZENBORAIN EN EL PASAJE DE SEMINARIO

INFORME:

‑Recibido el proyecto presentado por Natxo Zenborain para realizar el Performance artístico: “Despertando a la ciudad” en el espacio del Pasaje de Seminario   y del cual se adjunta copia, paso a informar del interés cultural y artístico de dicha iniciativa:

Por un lado. Natxo Zenborain es un artista pamplonés nacido en 1960 y cuyos trabajos artísticos han sido mostrados en las salas municipales del Horno de la Ciudadela y de Descalzos 72, así como este mismo año en el Museo de Navarra. Recientemente participó en la Bienal de Florencia. donde fue premiado.

La experiencia artística de Natxo Zenborain, que cultiva modalidades pictóricas, escultóricas y sobre todo fotográficas y audiovisuales abarca también la realización de talleres de artes plásticas con niños (como la experiencia realizada en Zizur). happenings y performances: manifestaciones artísticas multidisciplinares (artes plásticas, talleres, música, expresión corporal...) puntuales y efímeras realizadas en espacios ciudadanos abiertos (como lo fue la experiencia realizada en la Plaza del Castillo de Pamplona)

El proyecto, que abarca la exposición de trabajos del autor y la realización de talleres infantiles de artes plásticas y multimedias, así como dos actuaciones musicales, propone la utilización de un espacio poco transitado, como es el Pasaje de Seminario, junto al Ayuntamiento de Pamplona, y su recuperación como espacio para la cultura y la creatividad ciudadana entre los días 11 y 16 de junio. Fechas especialmente adecuadas por adelantar el aspecto festivo que la ciudad irá adquiriendo al acercarse las fechas de San Fermín.

A todo ello se une la implicación. que el autor Natxo Zenborain ha conseguido, que diferentes entidades tomarían en el proyecto, colaborando para hacer efectiva su producción. Las entidades colaboradoras y patrocinadoras serían:

‑Área de Cultura del Ayuntamiento de Pamplona
‑Caja Laboral
‑Asociación de Comercios del Casco Antiguo
‑BEEP Informática
‑Color Digital
‑ Krabelin

Por todo lo expuesto, para el Área de Cultura del Ayuntamiento de Pamplona. la propuesta remitida por el artista Natxo Zenborain es de gran interés para la difusión, promoción y creación artística de la ciudad.


Pamplona 7 de junio del 2.002 .
EL TÉCNICO DE  ARTES PLASTICAS.

Javier Manzanos

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Humor negro: Menos mal que lo realizado era de gran interés para la difusión, promoción y creación artística de la ciudad.   

COMUNICADO   –Opinión Pública-                             ARTE Y CULTURA  - PAMPLONA  (I)

 

Pamplona 19 de Junio del 2002

 

 

 

COMUNICADO   –Opinión Pública-                   ARTE Y CULTURA  - PAMPLONA-IRUÑA                                              Remite Natxo Zenborain



El  Performance Despertando a la Ciudad terminó. Han sido seis días intensos, más todos los preparativos de meses hablando con un montón de gente para poder dar algo –dentro de mis conocimientos-diferencial a esta ciudad de Pamplona – mi ciudad- una vez ya recogido todo y habiendo dejado el Pasaje de Seminario como se encontraba y con la satisfacción de haber cumplido lo propuesto en el *Proyecto y dejando en todo momento el tránsito al ciudadano.

Me encuentro a fecha de hoy debajo de la puerta de mi casa una carta remitida -con fecha del 11 de junio de 2002- desde el Area de Protección Ciudadana firmada por el Secretario Técnico en representación del Concejal delegado de dicha área que dice:
Adjunto copia del documento.


Como vivimos en un mundo de programas de televisión que realizan bromas para regocijo de otros espectadores y pensando que tiene que ser una broma me presento en Protección ciudadana esta misma mañana y el encargado me confirma que es un papel oficial y ha salido
de esas dependencias.

Es por ello que o bien desconocen lo que es una expresión artística participativa y la recuperación de uno de los Pasajes más antiguos (como en su día se dijo en los medios de comunicación) o para ser sinceros no sé de qué van.

Como me encuentro cansado sirva este comunicado público para negarme por principio moral a pagar sus tasas – no es la cantidad lo que me importa, es la manera de pedir (Máxime cuando en el evento se encuentra patrocinándolo el Area de Cultura del Ayuntamiento) ..........cuando mi única preocupación ha sido dar algo de mis conocimientos a todo el que quiso ver y preguntar siendo en todo momento las actividades libres y por tanto sin cobrar al ciudadano nada de nada.

Con posturas de forma y contenido tan “vulgares”a mí personalmente se me quitan las ganas de hacer cualquier tipo de actividad para esta ciudad vista la descoordinación y el “desconocimiento” que sobre el arte vivo y la cultura tienen ciertas personas, que más les valdría reparar las goteras del pasaje y adecentarlo para hacer de él un entorno de vida.

En mi anterior Performance para esta ciudad ocupé un espacio mayor para el arte un domingo 4 de mayo de 1997 y nadie de su departamento me cobró absolutamente nada por utilizar la Plaza del Castillo como un espacio abierto  donde di cabida a diferentes artistas para que expresaran sus conocimientos y una vez mas la ciudadanía participara de ese acercamiento del arte vital en sus diferentes facetas (teatro-danza-pintura-escultura.... instalaciones etc)

COMUNICADO   –Opinión Pública-                             ARTE Y CULTURA  - PAMPLONA  (II)

















Performance:

DESPERTANDO A LA CIUDAD

Recurso de Reposición

RPC 11-JUN-02 (18/PC)




Autor :

Natxo Zenborain Echegoien -Por respeto al Arte y a la Cultura-






Dirigido a:

Area de Protección Ciudadana – Dirección de Area - C/ Monasterio de Irache, 2 Cp 31001 Pamplona










Sr. Concejal Delegado de PROTECCIÓN CIUDADANA del Excmo. Ayuntamiento de Pamplona, en vista de su resolución, tengo que realizarle diversas matizaciones que paso a exponeros:



1/ Decís que vista la documentación que obra en el expediente y forma parte del mismo relativa a una exposición ¿..? En este punto me entra una duda, yo no he hecho una exposición, lo que he realizado se denomina PERFORMANCE y fue un “experimento artístico que englobó diferentes conceptos que tienen que ver con la unión del Arte – el Urbanismo – la Ciudad y la Intercomunicación sobre un hecho único y diferencial por sus características, como fue “Despertando a la Ciudad” realizado en Pamplona, al servicio de la Sociedad y en particular de las pamplonesas y pamploneses

Un acercamiento del Arte a todos los ciudadanos, a los que de normal frecuentan las salas de exposiciones y a los que jamás han entrado por desinterés, miedo o desconocimiento.

Un ejemplo de exposición sería la que realicé en el Museo de Navarra el pasado mes de febrero del presente año. (Con motivo de haber representado al País en la III Bienal Internacional de Arte Contemporáneo de la Ciudad de Florencia y ser galardonado con el V Lorenzo de Médicis) Nada que ver con este Performance y sus planteamientos.

De todas formas el Pasaje de F. Seminario estaría más “agradable” con exposiciones en sus paredes aunque para ello tuvieran que eliminar las goteras que rezuman por las paredes y encharcan el suelo cuando llueve.



En la documentación que obra en vuestro poder dice el informe del- Area de Cultura 27-Junio-2002- : (solamente os escribo el final del mismo)...........Por todo lo expuesto, para el Área de Cultura del Ayuntamiento de Pamplona, la propuesta remitida por el artista Natxo Zenborain es de gran interés para la difusión, promoción y creación artística de la ciudad.



Menos mal que el Performance era de gran interés..................



Podría extenderme presentándoos diferentes comunicados de apoyo a este “experimento artístico” seguido vía internet, y llegados de diferentes artistas internacionales y particulares, pero en este recurso me limitaré a 4 puntos de forma.



Mi anterior Performance para esta ciudad y bajo la misma premisa de acercar el arte al ciudadano fue realizado en la Plaza del Castillo en 1997. Los permisos también fueron gestionados desde el Area de Cultura y desde el Area de Protección Ciudadana vigente durante ese periodo, lo único que me dieron fue facilidades y buen hacer. Me pusieron al habla con los agentes municipales para que les explicara el desarrollo del Performance y que rol quería que desempeñaran durante todo el domingo 4 de Mayo. (Véase la Prensa de esos días)

Nada que ver con la actuación que han tenido ustedes cinco años después en el 2002.



Los Performances que realizamos en Florencia en lugares tan emblemáticos como la Piazza del Duomo o la Piazza St María Novella (diurno y nocturno) siempre contaron con la amabilidad de los agentes ante su sorpresa inicial y la complicidad de los turistas y viandantes. –En ningún momento se les ocurrió ponernos tasa alguna- La exposición sobre los performances hechos en Florencia se han podido contemplar en la Foundation Center of Arts Angel Orensanz, sita en Manhatan – New York, durante el pasado mes de abril.



La cultura es un derecho –que los políticos debierais fomentar sin poner trabas- y el arte contemporáneo se expresa de múltiples maneras, no necesariamente en los “contenedores oficiales” y en este caso - por sus características especiales-, el Proyecto Despertando a la Ciudad se realizó en el abandonado Pasaje de Seminario.





2/ En párrafo siguiente me decís: “Una vez medidas las superficies ocupadas, deberán abonar las tasas correspondientes, que ascienden a 0,47 € por cada 10 metros cuadrados al día.”



¿Quién ha medido? ¿Qué ha medido? No viene ninguna cifra que refrende medición alguna.

Un medio de comunicación local –Diario de Navarra- 22-6-2002 dice que pedís unos 36 euros, pero esa comunicación no viene en vuestra carta.

Respecto a: ¿Qué habéis medido? y si me explicáis ¿Qué he ocupado........?

De 5 a 7 montaba 3 o 4 mesas para que dibujaran los niños-as y todo el mundo podía transitar por el Pasaje de Seminario. Una de las premisas de -Despertando a la Ciudad- es que en ningún momento se interrumpiera el paso con lo cual, ocupación de espacio público como habláis creo que no, más bien lo llamaría: Rehabilitación temporal mediante el Arte, de un Pasaje abandonado y descuidado.



Gracias a la elección del lugar que conozco muy bien por vivir al lado y pasar por él muchas veces al día, os puedo comentar que por el lado de la C/ Ansoleaga de normal, los viandantes nos encontramos escenas de los amigos de cualquier fármaco al cuerpo y bien “agitados” con vino de tetrabrik, siendo los vecinos obligados por nuestra propia seguridad a dar toda la vuelta para llegar a nuestros domicilios, algo que “curiosamente” no ocurrió durante los días que duró la (el) Performance y no considero que fuera fruto del azar.

(Ante este hecho probado creo que su Área de Protección Ciudadana debiera reflexionar.) El ambiente y los recuerdos muy olorosos como cagadas y meadas humanas dejaron de impregnar el lugar......(Parte del vecindario coloquialmente lo llamamos el Pasaje de la Mierda.)

Por 6 días los vecinos vieron “vida-arte” y se alegraron por el cambio, como me consta por los comentarios que personalmente me han dado y como se puede apreciar en los reportajes aparecidos en los diversos medios de comunicación.

No comprenden vuestro afán de cobrar por algo que les ha sido beneficioso al igual que muchas personas que compartieron esa ilusión y participaron del evento directamente o a través de la web.



Muchos pamploneses-as han conocido gracias al Performance un lugar de Pamplona, un pasaje del cual no tenían conocimiento de su existencia, lo cual demuestra el término que vengo utilizando de “abandono del lugar”, máxime cuando se encuentra ubicado a escasos metros del Consistorio.

Cedido el espacio por Don Francisco de Seminario -Concejal del Ayuntamiento de Pamplona - por 10.500 ptas.

Todo comienza un 21 de agosto de 1890 siendo su deseo la realización de un Pasaje que fue llamado con su nombre, para el disfrute y uso de los vecinos de la zona que circunda, (Este punto considero que lo he cumplido con creces)

El arquitecto fue don Julián Arteaga.



3/ ...............,deberán abonar las tasas

“Una vez medidas las superficies ocupadas, deberán abonar las tasas correspondientes, que ascienden a 0,47 € por cada 10 metros cuadrados al día.”



Deberán. ¿Quiénes deberán? ¿Los del Área de Cultura del Ayuntamiento, que presentaron a todos los medios de comunicación “Despertando a la Ciudad” en rueda de prensa realizada en el mismo Pasaje de Seminario el día de su inauguración? ¿Los vecinos, los pamploneses, los turistas que pasaron por el Pasaje en esos 6 días, o tal vez queréis cobrar a los niños que pintaron de su propia imaginación y a los cuales con vuestro comportamiento habéis prohibido de hecho que pudieran ver colocadas sus obras en las paredes de este Pasaje.....



¿Me dejaréis colocar las obras de los niños-as en el Pasaje Seminario sin que queráis cobrarme?



Sepan ustedes que en mi Performance todas las actividades y mis conocimientos sobre la forma de trabajar mis realizaciones artísticas fueron gratis para los ciudadanos-as.





4/ Como nunca conocí a su mensajero, nunca pude firmar el “recibo de la presente notificación en el duplicado adjunto”. Me encontré su misiva tirada bajo la puerta de mi casa y aparecí el mismo día 19 de Junio del 2002 sobre las 13,30 al encargado de la puerta (C/ Monasterio de Irache Nº 2 –Protección Ciudadana) para preguntarle si el papel era de verdad, pues en mi cabeza pensaba que tendría que ser una broma realizada por algún amigo vacilón, pero no, su agente me dijo que el papel era oficial.



Por todo lo expuesto en este recurso espero que finalice esta historia

para mí

Kafkiana


Atentamente: Natxo Zenborain


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Diario de Noticias (22-06-2002.)


El Ayuntamiento pretende cobrar las tasas a un artista por un acto organizado por Cultura
El consistorio pamplonés exige el pago a Natxo Zenborain por su performance de la semana pasada en el Pasaje Seminario



A. E. - Pamplona

El pasado 11 de junio el artista Natxo Zenborain recibía en su casa una carta remitida por el Concejal delegado de Protección Ciudadana en la que se le informaba de que debía abonar las tasas correspondientes, 0,47 euros por cada diez metros cuadrados y día, por la realización de una exposición en el Pasaje Seminario entre los días 11 y 16 de junio. La sorpresa del artista fue tal que pensó que se trataba "de una de esas bromas que hacen ahora los programas de televisión" ya que la citada exposición no era tal sino una performance programada desde el Área de Cultura del Propio Ayuntamiento de Pamplona, con todos los informes oportunos, y que fue presentada públicamente por el director de la citada área.

El propio Natxo Zenborain, a través de un comunicado remitido ayer a los medios, manifiesta que "por principio moral me niego a pagar las tasas, no por la cantidad sino por la manera de pedir, ya que el evento está patrocinado por el Área de Cultura del Ayuntamiento. Mi única preocupación ha sido dar algo de mis conocimientos a todo el que quiso sin cobrar nunca nada al ciudadano". El artista añade que "con formas y contenidos tan vulgares a mí se me quitan las ganas de hacer cualquier tipo de actividad en esta ciudad, vista la descoordinación y desconocimiento que sobre el arte vivo y la cultura tienen ciertas personas, que más les valdría reparar las goteras del pasaje y adecentarlo para hacer de él un entorno de vida" .

La performance Despertando a la ciudad se realizó durante seis días en el Pasaje Seminario, del 11 al 16 de junio pasados. En él, Natxo Zenborain trató de recuperar un espacio en desuso dotándolo de un contenido plástico temporal, ya que una vez finalizada la acción creativa el pasaje ha quedado igual que estaba antes. En la performance, Natxo Zenborain realizó actividades para niños, expuso sus obras y realizó una proyección internacional del rincón pamplonés a través de la Web.

En palabras del artista con esta acción ha conseguido, "un acercamiento del arte a todos los ciudadanos, de las 8 de la mañana a las 21.30 horas, tanto a los que de normal frecuentan las salas de exposiciones como a los que jamás han entrado en una por desinterés, miedo o desconocimiento. Además he tratado de revitalizar y dar a los niños y a sus padres una ocasión única para descansar a la sombra del pasaje en las tórridas tardes de esta semana y poder dibujar y pintar en los talleres infantiles que preparaba montando una hilera de mesas y dando papel y pinturas para poder pasar dos horas dibujando, creando estupendos dibujos que servirían para montar una exposición en el mismo lugar".

Para Zenborain, la actitud de quienes tratan de cobrarle unas tasas por este acto demuestra que "desconocen lo que es una expresión artística participativa".

Como el Silencio es la respuesta del Ayuntamiento recurro a la Defensora del Pueblo de Navarra dando su resolución el 24- 3 - 2003
PERFORMANCE : DESPERTANDO A LA CIUDAD Realizado en Pamplona-Navarra, 
del 6 al 11 de Junio del 2002 en el PASAJE DE SEMINARIO
24-febrero-2003
RESOLUCION DEL CASO
por LA DEFENSORA DEL PUEBLO DE NAVARRA Mª Jesús Aranda
24-febrero-2003
RESOLUCION DEL CASO
por LA DEFENSORA DEL PUEBLO DE NAVARRA Mª Jesús Aranda
Estimado Señor:
En relación al expediente de queja seguido en esta Institución con el número arriba referenciado, tengo a bien exponerle lo siguiente:
ANTECEDENTES:
 
El 19 de julio del 2002 tuvo entrada en esta Institución escrito presentado por D. Ignacio Zemborain Echegoyen por el que formula una queja en relación al desarrollo de una performance en el llamado Pasaje Seminario, organizada los días 11 a 16 de junio del 2002. El acto estaba dirigido a la ciudadanía y con el se pretendía acercar el arte al público en general, especialmente a los niños, estando patrocinado por el Área de Cultura del Ayuntamiento.
 
A pesar del evidente valor cultural del acto y del hecho que el artista no ha obtenido beneficio económico alguno con su realización, ese Ayuntamiento le giró un recibo, el 14 de junio de 2002, exigiéndole el abono de una tasa por la ocupación del suelo, recibo que fue objeto de recurso de reposición presentado por el interesado el 12 de julio de 2002 solicitando la anulación de la liquidación y que no fue contestado.
 
A fin de resolver en la forma conveniente sobre la misma y determinar las posibilidades de intervención de esta Institución de conformidad con las facultades que se le confieren en la Ley Foral 4/2000, de 3 de julio del Defensor del Pueblo de Navarra, se dirigió escrito al Ayuntamiento de Pamplona para que informase sobre las cuestiones planteadas en la queja.
 
El citado Ayuntamiento, mediante escrito de la Alcaldía de 25 de noviembre del 2002, que es recibido en esta Institución el 11 de diciembre de 2002, remite informe en el que se manifiesta literalmente que:
 
< A iniciativa de D. Ignacio Zemborain, el Área de Cultura colaboró en la realización de la citada performance con la cesión de diverso material, apoyo humano y con una subvención de 1.044 €: Esta cantidad, que ya ha cobrado el Sr. Zemborain, se destinó a financiar gastos generados por la mencionada actividad, entre los que pudo incluir el pago de las preceptivas tasas municipales por la ocupación de la vía pública.
 D. Ignacio Zemborain eligió para su actividad la vía pública, cuya ocupación está sometida a tasas municipales. En el caso de que hubiera optado, por ejemplo, por una sala de exposiciones del Ayuntamiento, no hubiera tenido que satisfacer ninguna cantidad por este concepto».

ANÁLISIS
En el ámbito de la Comunidad Foral de Navarra, la Ley Foral núm. 211995, de 10 de marzo, de Haciendas Locales de Navarra, modificada por la Ley Foral 4/1999, enumera, dentro de los recursos financieros de las entidades locales de Navarra, a las tasas. Así, su artículo 100 establece que «Las entidades locales (..) podrán establecer tasas por la utilización privativa o el aprovechamiento especial del dominio público local y por la prestación de servicios públicos o la realización de actividades de su competencia. Constituye el hecho imponible de las tasas la utilización privativa o el aprovechamiento especial del dominio público local».
El apartado 4 de este artículo enumera una serie de supuestos que justifican el establecimiento de tasas por cualquier caso de utilización privativa o aprovechamiento especial del dominio público local que, si bien no constituye una lista cerrada, si orienta sobre los posibles presupuestos de hecho que motivan su imposición.
 
Pues bien, la Instalación de una «performance artística» no es equiparable a ninguna de estas actividades, ya que la mas cercana sería la letra n) de este artículo 100.4 de la Ley Foral 4/1999 o la letra h) de la Ordenanza fiscal núm. 21 del Ayuntamiento de Pamplona, reguladora de las tasas por utilización privativa o aprovechamiento especial del suelo, vuelo y subsuelo del dominio público local, que se refieren a «la instalación de puestos, barracas, casetas de venta, espectáculos, atracciones o recreo, situados en terrenos de uso público local así como industrias callejeras y ambulantes y rodaje cinematográfico», pero no es totalmente correcta ya que esta actividad es una exposición artistica interactiva, acompañada de talleres infantiles y de conciertos musicales. Por lo tanto, difícilmente podemos encajar la performance desarrollada‑por‑D. Ignacio Zemborain en ninguno de los supuestos contemplados en la normativa como hecho imponible para imposición de la tasa.
 
En segundo lugar, es necesario estudiar si D. Ignacio Zemborain cumple los requisitos necesarios para ser considerado sujeto pasivo de la tasa. Si acudimos a la Ley Foral núm. 4/1999 anteriormente citada, su artículo 104 determina que « 1. Son sujetos pasivos de las tasas, en concepto de contribuyentes, las personas fisicas y jurídicas y las entidades que, carentes de personalidad jurídica, constituyan una unidad económica o un patrimonio separado:
 
a) Que disfruten, utilicen o aprovechen especialmente el dominio público local en beneficio particular, conforme a alguno de los supuestos previstos en el articulo 100.4 de esta Ley Foral». En este caso concreto, no podemos considerar que D. Ignacio Zemborain haya obtenido algún tipo de beneficio particular ni un aprovechamiento especial cuantificable al organizar esta actividad artística, cuya finalidad es acercar el arte a la ciudadanía con actividades como talleres Infantiles, con un propósito claramente educativo. Incluso el Área de Cultura de ese Ayuntamiento en el Informe elaborado al respecto reconoció que « la propuesta es de gran interés para la difusión, promoción y creación artística de la ciudad».

También, ese Ayuntamiento en el Informe remitido al respecto a esta Institución reconoce que «en el caso de que hubiera optado por una sala de exposiciones del Ayuntamiento, no hubiera tenido que satisfacer ninguna cantidad por este concepto», con lo que está reconociendo, Implícitamente, que las exposiciones de otros artistas efectuadas en dichos locales no abonan tasa alguna por su uso en base a su finalidad artística, exactamente igual a la que posee esta performance.
Además, es necesario recordar que este artista llevó a cabo, el 4 de mayo de 1997, otra performance‑happening en la Plaza del Castillo por la cual ese Ayuntamiento no le cobró tasa alguna habida cuenta su finalidad cultural, muestra artística que era similar a la efectuada en el Pasaje de Seminario y, por el existencia de este precedente administrativo, debería de haberse mantenido la no sujeción al tributo.
En tercer lugar, consideramos necesario hacer una alusión a la notificación efectuada al interesado relativa ala cantidad a abonar en concepto de tasa. Así, la resolución comunicada al interesado el 14 de junio de 2002 por el Concejal Delegado de Protección Ciudadana se limita a establecer que «una vez medidas las superficies ocupadas, deberán abonar las tasas correspondientes, que ascienden a 0,47 € por cada diez metros cuadrados y día», sin comunicarle cuantos fueron los metros efectivamente ocupados por la performance ni la cuota tributaria resultante.
En este punto debemos volver a remitirnos al artículo 6 de la Ordenanza núm. 21 del Ayuntamiento de Pamplona según el cual «la base sobre la que se aplicarán las tarifas vendrá determinada por el tiempo de duración del uso o aprovechamiento y la dimensión de la vía pública ocupada». En este caso, la base imponible estaría constituida por los metros cuadrados ocupados por la performance durante los días de duración de la misma. Sin embargo, dicha base imponible no se especifica en la notificación remitida al interesado. Además, según declara el mismo, en ningún momento se personó en el lugar agente alguno de la autoridad o personal encargado para proceder a la medición de la superficie que se encontraba efectivamente ocupada, motivo por el cual la base imponible de la tasa no está determinada.
Si la base imponible no ha sido especificada, tampoco lo está la cuota a pagar por el interesado, ya que para ello es necesario efectuar‑una operación matemática consistente en multiplicar los metros cuadrados que fueron ocupados realmente‑ para lo cual hubiera sido necesario efectuar una medición oficial «in situ» ‑ por la cantidad dineraria establecida, operación matemática que tampoco se recoge en la notificación de la tasa, con lo que el interesado desconoce cuál es la deuda tributaria contraída con el Ayuntamiento. Por lo que faltan los elementos básicos necesarios para determinar la existencia de una relación tributaria.
En consecuencia, consideramos pertinente efectuar al Ayuntamiento de Pamplona una RECOMENDACION en el sentido de que declare no sujeto al pago de la tasa a D. Ignacio Zemborain por no existir un beneficio particular ni un aprovechamiento especial cuantificable en su favor por el uso de dominio público local.
Asimismo le comunico que de conformidad a lo dispuesto en el art. 34.2 de la Ley Foral 412000, de 3 de julio, del Defensor del Pueblo de la Comunidad Foral de Navarra, se ha solicitado al Ayuntamiento de Pamplona la remisión del correspondiente informe o contestación en el que comunique a esta Institución, la aceptación de la recomendación o, en su caso, las razones que estime para no aceptarla.
Atentamente,
 Mª Jesús Aranda

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Hoy a 3 de noviembre del 2017 podemos observar que tras la elecciones a los nuevos les importa la CUltura lo mismo que a los anteriores bárbaros.

Declaraciones mías en prensa local y nacional cuando UPN (2002) directamente se saltó la legalidad vigente tras Acercar el arte a los ciudadanos a pie de calle y con todos los permisos : -“Con formas y contenidos tan vulgares a mí se me quitan las ganas de hacer cualquier tipo de actividad en esta ciudad  Pamplona, vista la descoordinación y desconocimiento que sobre el arte vivo y la cultura tienen ciertas personas en cargos” Esto ocurrió en el 2002. El gabinete jurídico de la Universidad de Alicante fue el primer centro que flipo con la incultura de UPN, luego fue la Defensora del pueblo navarro. Hasta el ABC en un reportaje  sobre performances & happenings  sacaron los colores a su manifiesta barbarie…..Han pasado 15 años , ha cambiado el gobierno y el Departamento de Cultura del Ayuntamiento de Pamplona  Iruñea sigue con el mismo silencio que UPN. Ni contesta ni recibe.  ¿Somos tontos o directamente estudiamos para ello? Esta es la cultura que queremos? ; la que aleja a los artistas y que sus desarrollos solo los puedan ver fuera de Navarra. –Se puede ver mi CV  en la web los performances, audiovisuales, exposiciones, happenings que con garantías he ido haciendo por el mundo y jocosamente sin ningún problema con los diversos Ayuntamientos o países por donde se ha podido ver mi obra y formas de trabajar.

Amig@ lector esto es lo que tenemos por Pamplona. Como comprenderán desde entonces todos mis performances, audiovisuales y exposiciones la he hecho fuera de mi tierra, pues como podrán apreciar- ¿Qué garantías puedo tener para ejercer mi trabajo para con mis conciudadanos?

12 de abril de 2017

Pronto se cumplen 20 años del Performance....

Ya falta menos para que celebre personalmente la mayor acción artística en la que di libertad de acción a cualquier artista que quiso "actuar o mostrar" en una jornada tan intensa y vibrante que fue estudiada en Centros y Universidades interesadas en el Arte de Acción. 1997-2017. (me gustaría celebrarlo con tod@s los pamploneses pues fue realizado en el "cuarto de estar" de Pamplonna - Iruña), pero no tengo ninguna garantía de los poderes políticos, vista su falta de comunicación y no será por intentarlo)



28 de marzo de 2017

Incultura Pamplona 2002-2017

Aquí podréis leer la RESOLUCIÓN de la Defensora del Pueblo Navarro. -Que en UPN se hicieran los sordos, casi que lo entiendo, pero que la Cultura del Cambio siga los mismos pasos en el litigio que se mantiene con el Ayto de Pamplona por Defender y Acercar la Cultura a pie de Calle. Eso ya es para hacérselo mirar ....por no decir algo peor.

PERFORMANCE : DESPERTANDO A LA CIUDAD Realizado en Pamplona-Navarra, 
del 6 al 11 de Junio del 2002 en el PASAJE DE SEMINARIO
24-febrero-2003
RESOLUCION DEL CASO
por LA DEFENSORA DEL PUEBLO DE NAVARRA Mª Jesús Aranda
24-febrero-2003
RESOLUCION DEL CASO
por LA DEFENSORA DEL PUEBLO DE NAVARRA Mª Jesús Aranda
Estimado Señor:
En relación al expediente de queja seguido en esta Institución con el número arriba referenciado, tengo a bien exponerle lo siguiente:
ANTECEDENTES:
 
El 19 de julio del 2002 tuvo entrada en esta Institución escrito presentado por D. Ignacio Zemborain Echegoyen por el que formula una queja en relación al desarrollo de una performance en el llamado Pasaje Seminario, organizada los días 11 a 16 de junio del 2002. El acto estaba dirigido a la ciudadanía y con el se pretendía acercar el arte al público en general, especialmente a los niños, estando patrocinado por el Área de Cultura del Ayuntamiento.
 
A pesar del evidente valor cultural del acto y del hecho que el artista no ha obtenido beneficio económico alguno con su realización, ese Ayuntamiento le giró un recibo, el 14 de junio de 2002, exigiéndole el abono de una tasa por la ocupación del suelo, recibo que fue objeto de recurso de reposición presentado por el interesado el 12 de julio de 2002 solicitando la anulación de la liquidación y que no fue contestado.
 
A fin de resolver en la forma conveniente sobre la misma y determinar las posibilidades de intervención de esta Institución de conformidad con las facultades que se le confieren en la Ley Foral 4/2000, de 3 de julio del Defensor del Pueblo de Navarra, se dirigió escrito al Ayuntamiento de Pamplona para que informase sobre las cuestiones planteadas en la queja.
 
El citado Ayuntamiento, mediante escrito de la Alcaldía de 25 de noviembre del 2002, que es recibido en esta Institución el 11 de diciembre de 2002, remite informe en el que se manifiesta literalmente que:
 
< A iniciativa de D. Ignacio Zemborain, el Área de Cultura colaboró en la realización de la citada performance con la cesión de diverso material, apoyo humano y con una subvención de 1.044 €: Esta cantidad, que ya ha cobrado el Sr. Zemborain, se destinó a financiar gastos generados por la mencionada actividad, entre los que pudo incluir el pago de las preceptivas tasas municipales por la ocupación de la vía pública.
 D. Ignacio Zemborain eligió para su actividad la vía pública, cuya ocupación está sometida a tasas municipales. En el caso de que hubiera optado, por ejemplo, por una sala de exposiciones del Ayuntamiento, no hubiera tenido que satisfacer ninguna cantidad por este concepto».

ANÁLISIS
En el ámbito de la Comunidad Foral de Navarra, la Ley Foral núm. 211995, de 10 de marzo, de Haciendas Locales de Navarra, modificada por la Ley Foral 4/1999, enumera, dentro de los recursos financieros de las entidades locales de Navarra, a las tasas. Así, su artículo 100 establece que «Las entidades locales (..) podrán establecer tasas por la utilización privativa o el aprovechamiento especial del dominio público local y por la prestación de servicios públicos o la realización de actividades de su competencia. Constituye el hecho imponible de las tasas la utilización privativa o el aprovechamiento especial del dominio público local».
El apartado 4 de este artículo enumera una serie de supuestos que justifican el establecimiento de tasas por cualquier caso de utilización privativa o aprovechamiento especial del dominio público local que, si bien no constituye una lista cerrada, si orienta sobre los posibles presupuestos de hecho que motivan su imposición.
 
Pues bien, la Instalación de una «performance artística» no es equiparable a ninguna de estas actividades, ya que la mas cercana sería la letra n) de este artículo 100.4 de la Ley Foral 4/1999 o la letra h) de la Ordenanza fiscal núm. 21 del Ayuntamiento de Pamplona, reguladora de las tasas por utilización privativa o aprovechamiento especial del suelo, vuelo y subsuelo del dominio público local, que se refieren a «la instalación de puestos, barracas, casetas de venta, espectáculos, atracciones o recreo, situados en terrenos de uso público local así como industrias callejeras y ambulantes y rodaje cinematográfico», pero no es totalmente correcta ya que esta actividad es una exposición artistica interactiva, acompañada de talleres infantiles y de conciertos musicales. Por lo tanto, difícilmente podemos encajar la performance desarrollada‑por‑D. Ignacio Zemborain en ninguno de los supuestos contemplados en la normativa como hecho imponible para imposición de la tasa.
 
En segundo lugar, es necesario estudiar si D. Ignacio Zemborain cumple los requisitos necesarios para ser considerado sujeto pasivo de la tasa. Si acudimos a la Ley Foral núm. 4/1999 anteriormente citada, su artículo 104 determina que « 1. Son sujetos pasivos de las tasas, en concepto de contribuyentes, las personas fisicas y jurídicas y las entidades que, carentes de personalidad jurídica, constituyan una unidad económica o un patrimonio separado:
 
a) Que disfruten, utilicen o aprovechen especialmente el dominio público local en beneficio particular, conforme a alguno de los supuestos previstos en el articulo 100.4 de esta Ley Foral». En este caso concreto, no podemos considerar que D. Ignacio Zemborain haya obtenido algún tipo de beneficio particular ni un aprovechamiento especial cuantificable al organizar esta actividad artística, cuya finalidad es acercar el arte a la ciudadanía con actividades como talleres Infantiles, con un propósito claramente educativo. Incluso el Área de Cultura de ese Ayuntamiento en el Informe elaborado al respecto reconoció que « la propuesta es de gran interés para la difusión, promoción y creación artística de la ciudad».

También, ese Ayuntamiento en el Informe remitido al respecto a esta Institución reconoce que «en el caso de que hubiera optado por una sala de exposiciones del Ayuntamiento, no hubiera tenido que satisfacer ninguna cantidad por este concepto», con lo que está reconociendo, Implícitamente, que las exposiciones de otros artistas efectuadas en dichos locales no abonan tasa alguna por su uso en base a su finalidad artística, exactamente igual a la que posee esta performance.
Además, es necesario recordar que este artista llevó a cabo, el 4 de mayo de 1997, otra performance‑happening en la Plaza del Castillo por la cual ese Ayuntamiento no le cobró tasa alguna habida cuenta su finalidad cultural, muestra artística que era similar a la efectuada en el Pasaje de Seminario y, por el existencia de este precedente administrativo, debería de haberse mantenido la no sujeción al tributo.
En tercer lugar, consideramos necesario hacer una alusión a la notificación efectuada al interesado relativa ala cantidad a abonar en concepto de tasa. Así, la resolución comunicada al interesado el 14 de junio de 2002 por el Concejal Delegado de Protección Ciudadana se limita a establecer que «una vez medidas las superficies ocupadas, deberán abonar las tasas correspondientes, que ascienden a 0,47 € por cada diez metros cuadrados y día», sin comunicarle cuantos fueron los metros efectivamente ocupados por la performance ni la cuota tributaria resultante.
En este punto debemos volver a remitirnos al artículo 6 de la Ordenanza núm. 21 del Ayuntamiento de Pamplona según el cual «la base sobre la que se aplicarán las tarifas vendrá determinada por el tiempo de duración del uso o aprovechamiento y la dimensión de la vía pública ocupada». En este caso, la base imponible estaría constituida por los metros cuadrados ocupados por la performance durante los días de duración de la misma. Sin embargo, dicha base imponible no se especifica en la notificación remitida al interesado. Además, según declara el mismo, en ningún momento se personó en el lugar agente alguno de la autoridad o personal encargado para proceder a la medición de la superficie que se encontraba efectivamente ocupada, motivo por el cual la base imponible de la tasa no está determinada.
Si la base imponible no ha sido especificada, tampoco lo está la cuota a pagar por el interesado, ya que para ello es necesario efectuar‑una operación matemática consistente en multiplicar los metros cuadrados que fueron ocupados realmente‑ para lo cual hubiera sido necesario efectuar una medición oficial «in situ» ‑ por la cantidad dineraria establecida, operación matemática que tampoco se recoge en la notificación de la tasa, con lo que el interesado desconoce cuál es la deuda tributaria contraída con el Ayuntamiento. Por lo que faltan los elementos básicos necesarios para determinar la existencia de una relación tributaria.
En consecuencia, consideramos pertinente efectuar al Ayuntamiento de Pamplona una RECOMENDACION en el sentido de que declare no sujeto al pago de la tasa a D. Ignacio Zemborain por no existir un beneficio particular ni un aprovechamiento especial cuantificable en su favor por el uso de dominio público local.
Asimismo le comunico que de conformidad a lo dispuesto en el art. 34.2 de la Ley Foral 412000, de 3 de julio, del Defensor del Pueblo de la Comunidad Foral de Navarra, se ha solicitado al Ayuntamiento de Pamplona la remisión del correspondiente informe o contestación en el que comunique a esta Institución, la aceptación de la recomendación o, en su caso, las razones que estime para no aceptarla.
Atentamente,
 Mª Jesús Aranda

A fecha de hoy el Ayuntamiento de Pamplona Iruña guarda silencio y esconde la cabeza. 

11 de marzo de 2017

Humor: Incultura institucional

El otro día -viernes 10- 3 - 2017 a las 7H 43 minutos, Pamplona despertó con un terremoto de 4,4.

Paradojas del Destino.....Silencioso
Comprobado Científicamente
Es más fácil que la tierra tiemble en esta ciudad, a que el Departamento de Cultura del Ayto de Pamplona
ABRA LA BOCAEN EL CASO:
PERFORMANCE & HAPPENING
DESPERTANDO A LA CIUDAD

El Ayuntamiento de Pamplona pretende cobrar las tasas a un artista por un acto organizado por el Departamento de Cultura del mismo Ayuntamiento de Pamplona


Qué susto

15 de octubre de 2016

Despertando a la ciudad. 14 años de silencio por parte del Ayto de Pamplona

Cuando los humanos no solucionan la alegría de compartir el arte y la cultura.....Siempre nos quedarán los Hechos del trabajo realizado : Para más información pueden consultar En Google sobre lo acontecido en el Performance Happening DESPERTANDO A LA CIUDAD, fue mi último desarrollo artístico en Pamplona. Hace ya de ello 14 años y que visto el trato dado por tan distinguidos "dadores de cultura" antes y ahora; prefiero seguir llevando la alegría de mis mundos y formas de hacer donde las quieren ver y donde las palabras se cumplen, del resto ya me encargo yo. -ART LIBERATION-

Corría el año 2003 .Historia de Incultos políticos en Navarra: Ejemplo de cuando la política cultural es una manifestación de la Incultura de políticos sin cultura y como máximo exponente de su poder dictatorial es la censura local. Los artistas buscamos la comunicación frente al silencio de la estupidez de tales mandatarios. Los que creyeron silenciarme se encontraron con esto de entrada (Retransmisión de un performance al mundo desde mi propia casa) para los que quisieron que no realizara mis performances en Pampelune......., y a partir de entonces dejé de presentar mis trabajos por esta tierra…..y es que como bien dice el lema de la Republik Natxiana en donde sigo exiliado hasta que algún político “nuevo” piense, estudie y diga algo sobre los hechos acontecidos: Liberation Art o Arte en libertad frente a la estulticia cultural manifiesta. Por lo menos en el mundo exterior algunos aprecian e incluso me dejan su tecnología gratis y publicitan mi arte como esta conocida “empresa” que seguro les sonará. Los que me conocen ya saben de mi dedicación a mi trabajo, pese a los malos tratos en mi lugar de origen. PD: La historia la escribimos todos, unos –en este caso concreto- para defendernos de esos silencios cobardes que suele tener el poder, cuando la inteligencia desaparece y muchos hacen el avestruz. Este fue el recurso que me toco hacer de entrada: -Por respeto al Arte y a la Cultura- Autor : Natxo Zenborain Echegoien (I)
Performance:
DESPERTANDO A LA CIUDAD Recurso de Reposición
RPC 11-JUN-02 (18/PC)
Autor :
Natxo Zenborain Echegoien -Por respeto al Arte y a la Cultura-
Dirigido a:
Area de Protección Ciudadana – Dirección de Area - C/ Monasterio de Irache, 2 Cp 31001 Pamplona
Sr. Concejal Delegado de PROTECCIÓN CIUDADANA del Excmo. Ayuntamiento de Pamplona, en vista de su resolución, tengo que realizarle diversas matizaciones que paso a exponeros:
1/ Decís que vista la documentación que obra en el expediente y forma parte del mismo relativa a una exposición ¿..? En este punto me entra una duda, yo no he hecho una exposición, lo que he realizado se denomina PERFORMANCE y fue un “experimento artístico que englobó diferentes conceptos que tienen que ver con la unión del Arte – el Urbanismo – la Ciudad y la Intercomunicación sobre un hecho único y diferencial por sus características, como fue “Despertando a la Ciudad” realizado en Pamplona, al servicio de la Sociedad y en particular de las pamplonesas y pamploneses
Un acercamiento del Arte a todos los ciudadanos, a los que de normal frecuentan las salas de exposiciones y a los que jamás han entrado por desinterés, miedo o desconocimiento.
Un ejemplo de exposición sería la que realicé en el Museo de Navarra el pasado mes de febrero del presente año. (Con motivo de haber representado al País en la III Bienal Internacional de Arte Contemporáneo de la Ciudad de Florencia y ser galardonado con el V Lorenzo de Médicis) Nada que ver con este Performance y sus planteamientos.
De todas formas el Pasaje de F. Seminario estaría más “agradable” con exposiciones en sus paredes aunque para ello tuvieran que eliminar las goteras que rezuman por las paredes y encharcan el suelo cuando llueve.
En la documentación que obra en vuestro poder dice el informe del- Area de Cultura 27-Junio-2002- : (solamente os escribo el final del mismo)...........Por todo lo expuesto, para el Área de Cultura del Ayuntamiento de Pamplona, la propuesta remitida por el artista Natxo Zenborain es de gran interés para la difusión, promoción y creación artística de la ciudad.
Menos mal que el Performance era de gran interés..................
Podría extenderme presentándoos diferentes comunicados de apoyo a este “experimento artístico” seguido vía internet, y llegados de diferentes artistas internacionales y particulares, pero en este recurso me limitaré a 4 puntos de forma.
Mi anterior Performance para esta ciudad y bajo la misma premisa de acercar el arte al ciudadano fue realizado en la Plaza del Castillo en 1997. Los permisos también fueron
-Por respeto al Arte y a la Cultura- Autor : Natxo Zenborain Echegoien (II)
gestionados desde el Area de Cultura y desde el Area de Protección Ciudadana vigente durante ese periodo, lo único que me dieron fue facilidades y buen hacer. Me pusieron al habla con los agentes municipales para que les explicara el desarrollo del Performance y que rol quería que desempeñaran durante todo el domingo 4 de Mayo. (Véase la Prensa de esos días)
Nada que ver con la actuación que han tenido ustedes cinco años después en el 2002.
Los Performances que realizamos en Florencia en lugares tan emblemáticos como la Piazza del Duomo o la Piazza St María Novella (diurno y nocturno) siempre contaron con la amabilidad de los agentes ante su sorpresa inicial y la complicidad de los turistas y viandantes. –En ningún momento se les ocurrió ponernos tasa alguna- La exposición sobre los performances hechos en Florencia se han podido contemplar en la Foundation Center of Arts Angel Orensanz, sita en Manhatan – New York, durante el pasado mes de abril.
La cultura es un derecho –que los políticos debierais fomentar sin poner trabas- y el arte contemporáneo se expresa de múltiples maneras, no necesariamente en los “contenedores oficiales” y en este caso - por sus características especiales-, el Proyecto Despertando a la Ciudad se realizó en el abandonado Pasaje de Seminario.
2/ En párrafo siguiente me decís: “Una vez medidas las superficies ocupadas, deberán abonar las tasas correspondientes, que ascienden a 0,47 € por cada 10 metros cuadrados al día.”
¿Quién ha medido? ¿Qué ha medido? No viene ninguna cifra que refrende medición alguna.
Un medio de comunicación local –Diario de Navarra- 22-6-2002 dice que pedís unos 36 euros, pero esa comunicación no viene en vuestra carta.
Respecto a: ¿Qué habéis medido? y si me explicáis ¿Qué he ocupado........?
De 5 a 7 montaba 3 o 4 mesas para que dibujaran los niños-as y todo el mundo podía transitar por el Pasaje de Seminario. Una de las premisas de -Despertando a la Ciudad- es que en ningún momento se interrumpiera el paso con lo cual, ocupación de espacio público como habláis creo que no, más bien lo llamaría: Rehabilitación temporal mediante el Arte, de un Pasaje abandonado y descuidado.
Gracias a la elección del lugar que conozco muy bien por vivir al lado y pasar por él muchas veces al día, os puedo comentar que por el lado de la C/ Ansoleaga de normal, los viandantes nos encontramos escenas de los amigos de cualquier fármaco al cuerpo y bien “agitados” con vino de tetrabrik, siendo los vecinos obligados por nuestra propia seguridad a dar toda la vuelta para llegar a nuestros domicilios, algo que “curiosamente” no ocurrió durante los días que duró la (el) Performance y no considero que fuera fruto del azar.
(Ante este hecho probado creo que su Área de Protección Ciudadana debiera reflexionar.) El ambiente y los recuerdos muy olorosos como cagadas y meadas humanas dejaron de impregnar el lugar......(Parte del vecindario coloquialmente lo llamamos el Pasaje de la Mierda.)
Por 6 días los vecinos vieron “vida-arte” y se alegraron por el cambio, como me consta por los comentarios que personalmente me han dado y como se puede apreciar en los reportajes aparecidos en los diversos medios de comunicación.
-Por respeto al Arte y a la Cultura- Autor : Natxo Zenborain Echegoien (III)
No comprenden vuestro afán de cobrar por algo que les ha sido beneficioso al igual que muchas personas que compartieron esa ilusión y participaron del evento directamente o a través de la web.
Muchos pamploneses-as han conocido gracias al Performance un lugar de Pamplona, un pasaje del cual no tenían conocimiento de su existencia, lo cual demuestra el término que vengo utilizando de “abandono del lugar”, máxime cuando se encuentra ubicado a escasos metros del Consistorio.
Cedido el espacio por Don Francisco de Seminario -Concejal del Ayuntamiento de Pamplona - por 10.500 ptas.
Todo comienza un 21 de agosto de 1890 siendo su deseo la realización de un Pasaje que fue llamado con su nombre, para el disfrute y uso de los vecinos de la zona que circunda, (Este punto considero que lo he cumplido con creces)
El arquitecto fue don Julián Arteaga.
3/ ...............,deberán abonar las tasas
“Una vez medidas las superficies ocupadas, deberán abonar las tasas correspondientes, que ascienden a 0,47 € por cada 10 metros cuadrados al día.”
Deberán. ¿Quiénes deberán? ¿Los del Área de Cultura del Ayuntamiento, que presentaron a todos los medios de comunicación “Despertando a la Ciudad” en rueda de prensa realizada en el mismo Pasaje de Seminario el día de su inauguración? ¿Los vecinos, los pamploneses, los turistas que pasaron por el Pasaje en esos 6 días, o tal vez queréis cobrar a los niños que pintaron de su propia imaginación y a los cuales con vuestro comportamiento habéis prohibido de hecho que pudieran ver colocadas sus obras en las paredes de este Pasaje.....
¿Me dejaréis colocar las obras de los niños-as en el Pasaje Seminario sin que queráis cobrarme?
Sepan ustedes que en mi Performance todas las actividades y mis conocimientos sobre la forma de trabajar mis realizaciones artísticas fueron gratis para los ciudadanos-as.

4/ Como nunca conocí a su mensajero, nunca pude firmar el “recibo de la presente notificación en el duplicado adjunto”. Me encontré su misiva tirada bajo la puerta de mi casa y aparecí el mismo día 19 de Junio del 2002 sobre las 13,30 al encargado de la puerta (C/ Monasterio de Irache Nº 2 –Protección Ciudadana) para preguntarle si el papel era de verdad, pues en mi cabeza pensaba que tendría que ser una broma realizada por algún amigo vacilón, pero no, su agente me dijo que el papel era oficial.
Por todo lo expuesto en este recurso espero que finalice esta historia
para mí
Kafkiana
Atentamente: Natxo Zenborain Etxegoien



Pero amigos tras catorce años en el exilio...seguiremos en él, a fin de cuentas el mundo es redondo






27 de febrero de 2016

Performance & Happening 1997 Pamplona

Historias de Iruña en el Siglo pasado. Año 1997
-Algo ya hacía por la cultura de este pueblo-
El espacio para la acción: La Plaza del Castillo o coloquialmente llamada El Salón de estar de Pamplona.

Título de la acción:
Performance & Happening El mayor subrealismo es la realidad cotidiana
1997 Todo comenzó a las 9h. A.M. y finalizó a las 8h. P.M. de un 4 de Mayo
La paradoja en el título viene motivada entre el sub (por debajo) frente al Sur (Francés –sobre)
El tiempo 1997 hace que dicha plaza sea de común utilizada como protesta política mediante carteles y pancartas, que siempre eran retiradas por las Fuerzas de Orden Publico.
Misión del performance ante la cesión a mi nombre de semejante espacio y la situación cultural y artística del momento en Iruña
COMPARTIR DICHO LUGAR ENTRE TODOS LOS ARTISTAS QUE LO DESEARAN. Empieza el desarrollo del Happening como tal; al convertir el lugar en una fiesta “invadiendo” el espacio con Arte y Cultura y eliminando la rutina cotidiana
1 PREMISA: Sois libres para desarrollar vuestro arte: Danza, creación y expresión artística, teatro, escultura, pintura, la música, instalaciones, interacciones artísticas con los espectadores …etc
Happening cambiar lo cotidiano por lo que nunca se vio…mediante diferentes estímulos y situaciones participativas entre el público y los artistas. (Desarrollo multidisciplinar)
Frankestein atendía al público acompañado de una palmatoria
Tres personas disfrazadas ofrecían huevos rellenos con pintura para ser arrojados sobre un inmenso lienzo, mientras provocaban en el lanzamiento a los participantes una descarga en voz alta contra sus cotidianos problemas; trabajo, familia, política…etc
El final lo dejé en manos de la danza contemporánea…..Un hombre corpulento bajo del Quiosco de la plaza portando a sus hombros dos sacos que depositó en la plaza ….los 2 sacos -elásticos empezaron a moverse……ante la atenta mirada del público que vio como surgían dos bailarinas siguiendo el compás musical de la pieza elegida…… para al terminar salir corriendo hasta el Paseo Sarasate 20h (La música que nos acompañó durante toda la jornada se encontraba en el quiosco, al igual que un tatuador que invitara y la zona preparada de “avituallamiento” refrescos, birras y agua) Con una parada al mediodía y en la misma plaza comimos.
PERFORMANCE PERSONAL
Performance: Todos los arboles (unos 30) fui transformando EN ESCULTURAS de mujer de las que brotaban flores (Algunos invitados colgaron de los mismos manos de cerámica a modo de hojas….siendo estas cambiadas de un lugar a otro, por los bancos o surgiendo de las fuentes de dicha plaza.
Un desnudo maniquí en un momento dado saltó a una de las fuentes quedando boca abajo hasta el final. (En la distancia parecía un ser humano) A su lado una escultura creada con una cadera, fémures y costillas de vaca pintada. Daba el toque de humor (Andábamos con las vacas locas por Europa y los cerebros espongiformes)
Diferentes pantallas de tv mediante videos y ordenadores acercaban a los espectadores algunos audiovisuales de Psico art que estuve preparando y desde el ordenador se podían ver las últimas producciones de una realidad virtual incipiente que se gestaba por todo el mundo.
Materiales de arte al alcance del público………Adultos y niñós “jugando” con ellos a expresarse.
Un cuaderno de libre expresión para el público donde intercambiaban sus impresiones sobre lo que veían o participaban, poetas anónimos que encontraban un soporte para ser leidos.
Misteriosos animales mutantes e imágenes de mi surrealismo daban un toque especial a esa simbiosis de cultura en mezcolanza colgados de árbol en árbol creando un circuito expositivo
El público entre ellos desconocidos intercambiaba impresiones sobre lo que sus ojos iban viendo en un desarrollo sin parar.
OBJETIVOS
1) Acercar e incentivar la creación artística.
2) Aportar conocimientos sobre la obra y formas de trabajo del autor:
3) Desarrollar el concepto de la Teoría Clásica de la Comunicación: comunicador, destinatario, mensaje, canal de comunicación, atentos a que una obra de arte es un mensaje.
4) Compartir con otras personas que tienen similares inquietudes.
5) Conocer las distintas manifestaciones artísticas.
6) Motivar a la estimación del arte como placentera comunicación del hombre en lo que hace a la música, a las letras, al teatro y a las actividades plásticas.
7) Vivir la experiencia de lo que significa poner a consideración una obra personal.
(Véase programa de actividades)

25 de febrero de 2016

Antes de entrar....y un poco de historia acultural local (Navarra)


Antes de entrar...mejor llamar
Hoy vamos a viajar a un tiempo pasado 1991 en la historia de "Acultural" continuada Pamplonesa. La exposición sobre una mirada diferente de la ciudad que por parte de la Alcaldía de Pamplona se preparó para el el recinto del Polvorin de la Ciudadela, pero que "gracias" al salvaje y anacrónico condicionado que me impuso la Concejala de cultura Maribel Beriain no se pudo ver. (Tanto odio destilaba la señora hacia Valentín Redín y Chourraut que ni se molestó en abrir la documentación con imágenes de como quedaría todo, pues cuando lo solicité y por instancia...me llegó el sobre sin tan siquiera ser abierto) Lo que verán a continuación es apto para todos los públicos, no hiere ninguna sensibilidad,y en esta tierra "pacata" decirles que tampoco salían desnudos.... este funcionamiento les dará una imagen del poco interés por el trabajo artístico hacia los que trabajamos por mostrar algo diferente...pues mostrar colecciones de Play Movil como cultura, ¿Qué quieren que les diga?. PD: En Navarra y si nadie lo impide la Cultura es lo más parecido a un cangrejo, que en vez de ir para adelante, va para atrás. Esto en el 1991, Luego tras mi ultima acción en Iruña 2002 y esta vez perseguido por el amigo de la mentada Ignacio Polo en esos tiempos Concejal de Protección ciudadana y que quería a toda costa cobrar tasas de algo, que para más ridículo ni pertenecía al Ayuntamiento y saltándose todas las normativas (Prevaricación le llaman) -Desde entonces 2002 jamás he vuelto a exponer o montaros alguno de mis performances y Happenings que curiosamente he seguido haciendo pero siempre fuera de mi tierra y para los cuales he sido llamado. En alguna de esas conversaciones quien me solicitaba solía decirme: Si esas acciones de acercamiento del arte a los ciudadanos que no te dejan hacer en tu tierra, Lo cual deja a las claras el grado de estupidez acultural navarrensis. _Si alguno quedara sorprendido de lo aquí comentado, decirle que todo lo dicho se encuentra documentado: Prensa,condicionados, instancias,recursos, papeleos diversos, e incluso los jurídicos que manda narices que un individuo que se le ocurre acercar el Arte y la Cultura a todos los ciudadanos, termine defendiendose con la ley en la mano frente a comportamientos más comunes en "talibánicos"

Les dejo con unas polaroids X70 de las que iban en la expo prohibida de 1991 por Maribel Beriain (Concejala de Cultura del Ayto de Pamplona) modificadas en el escaso  tiempo que permitían actuar sobre ellas, entre la salida de la foto instantánea y su perfecto secado (Entre 1 y 2 minutos según temperatura ambiente